Bienestar animal en tiempos de Primo de Rivera - Jordi Sabater i Josep Santias

ADDAREVISTA 14

Una muy documentada tesina terminada durante el pasado año, de título "Miguel Primo de Rivera dentro de la historia del Estado español", realizada por nuestro socio Josep Santias de Bertrán y supervisada por el profesor Jordi Sabater i Garcia, pone de relieve la enorme mejora, al menos teórica, que se llevó a cabo en aquella época de nuestra historia en lo concerniente a la calidad de vida de los animales. No en vano fueron los legisladores de entonces los pioneros en la reglamentación del manejo y buen trato a los animales y los primeros en censurar públicamente aquellas costumbres ancestrales de comportamiento brutal hacia el animal doméstico.

La legislación española no destaca precisamente por poseer un número elevado de leyes en relación con el bienestar animal. Las primeras leyes españolas que tenían como objetivo la mejora de la calidad de vida de los animales se promulgaron durante la dictadura de Primo de Rivera (1923-1930), bajo el reinado de Alfonso XIII, y la mayoría todavía continúan vigentes en la actualidad. De hecho, ése fue un período de la historia española especialmente generoso en este sentido, aunque también es cierto que, siendo los pioneros, tenían prácticamente todo por hacer.

IMPULSO REGENERADOR

Al leer dichas leyes se nos hace evidente que, en el primer cuarto de este siglo que acaba, los responsables del Gobierno español tenían especial preocupación por que nuestro país apareciera entre los más "civilizados" de su tiempo. Sin duda el origen británico de la esposa del Rey, la reina Victoria Eugenia, tuvo mucho que ver en este espíritu regenerador que recorrió las capas más favorecidas de la población, deseosas de distanciarse cuanto más, y cuanto antes mejor, de la brutalidad y barbaridad de épocas pasadas. No en vano los británicos fueron los primeros en aprobar leyes protectoras de los animales, a mediados del siglo pasado, y también británica fue la primera asociación en defensa de los animales, la RSPCA (Royal Society for the Prévention of Cruelty to Animals).

La Real Orden de 26 de diciembre de 1925 establece el caràcter obligatorio de la protección de los animales y plantas útiles y declara de Utilidad Pública las asociaciones que tengan por fin divulgar y arraigar dicha protección. El texto de la ley justifica su necesidad por considerar países cultos aquellos que garantizan el buen trato a los animales y plantas, "norma educativa que afirma las ideas y sentimientos humanos". En este sentido, la Real Orden de 1 de julio de 1927, sobre las normas para la recogida de perros vagabundos, indica que se hace necesaria una regulación de dicha práctica debido a las protestas recibidas de que "los procedimientos no se acomodan a los más elementales principios de humanidad, propios de pueblos cultos". Así, se ordena a los ayuntamientos encargarse de dicha actividad, utilizando lazos y prohibiendo los venenos, que producen la muerte entre grandes sufrimientos y dan lugar a escenas en la vía pública "impropias de pueblos civilizados". También se prohiben los concursos en que los perros deben matar a otros animales, "espectáculo repugnante e inculto", y se manda castigar a quien maltrate a los perros o los instigue para que peleen entre sí.

CORRIDAS DE TOROS

Aparte de las leyes que el Gobierno de Primo de Rivera promulgó en defensa de los animales, cabría citar otros propósitos que se hizo, como la defensa de los caballos en las corridas de toros. No hay que olvidar que fue durante la Dictadura de Primo de Rivera cuando se establece la obligatoriedad del quite a los caballos y no se permite entregarlos a la "codicia" del toro. Además se describe un sistema de protección formado por varas y cinchas cubiertas de tejido especial que cubra el costado y el abdomen del caballo, para evitar carnicerías. Muestra del interés de las autoridades por hacer cumplir estas normas es el texto en el que se dice literalmente que "se estudiará el medio de que los caballos sean propiedad de los picadores que los monten o alquilados por ellos mismos, único medio de que los defiendan con verdadero interés".

En relación con las corridas de toros, se ponía especial interés en que el torero matara al toro sin hacerlo sufrir excesivamente, como máximo a la segunda estocada. Una anécdota memorable es que el torero Joaquín Rodríguez, Cagancho, llegó a ser encarcelado por su mala actuación en la plaza. También en aquella época, un grupo de asambleístas, encabezados por el Conde de Güell, presentó una moción pidiendo la prohibición de la asistencia de menores de 14 años a las corridas. Dicha moción fue aceptada por el Gobierno, que la hizo extensiva a los combates de boxeo. Lamentablemente, por gracia del ex-Ministro del Interior, Corcuera, ahora dimisionario forzoso, esta normativa ha sido suprimida y el recurso contencioso administrativo presentado por ADDA desestimado. (Ver más amplia información aparte).

INTERESES ECONÓMICOS

Aunque es cierto que el ímpetu civilizador sirvió en gran medida de acicate para introducir las primeras normas protectoras de los animales en España, también hay que tener en cuenta las presiones ejercidas por diferentes sectores económicos en defensa de sus intereses comerciales, como es el caso de la importante industria española de la piel. La orden de 4 de abril de 1930 exhortaba a los Gobernadores Civiles a "excitar el celo" de los agentes a sus órdenes para hacer cumplir con rigor la prohibición de golpear o pinchar a los animales, pues representaba una tortura para el animal y una pérdida económica para la industria y el comercio de la piel, ya que el agujereo de la piel imposibilita su venta.

OTROS TIEMPOS

Algunas de las primeras leyes defensoras de la dignidad del animal nos pueden parecer hoy en día un tanto anticuadas, dado que el habitante urbano desconoce muchas de las actividades que se mencionan. Pero no hemos de olvidar que estas leyes fueron dictadas para una España diferente, eminentemente rural, en la que el animal tenía un papel protagonista como productor de alimento y medio de transporte. No es de extrañar, por ello, que se haga a menudo referencia a los carros y se reglamentase su manejo. También nos puede resultar desconocida la práctica brutal, habitual en aquellos tiempos, de cegar a los canarios aplicándoles agujas al rojo en los ojos, con el fin de evitar que cualquier distracción visual perjudicara su bello canto, y para que cantasen también durante la noche.

En esa época, la defensa de los animales era a menudo considerada algo romántico, casi poético, y desgraciadamente hoy en día parece que no hemos avanzado espectacularmente en ese aspecto. El gobernador de Tarragona de entonces llegó a hacer una encendida defensa de los pájaros por su utilidad en la extinción de plagas de insectos, por ser "adorno de la Naturaleza" y por "alegrarnos con sus cantos", por todo lo cual dispuso que fueran sancionados todos aquellos que los persiguieran o no los respetaran. Además, ordenó a la Guardia Civil y demás agentes dependientes de su autoridad que pusieran el máximo de interés en dicha tarea, apoyando así la labor de la Sociedad Protectora de Animales y Plantas.

Sin duda resulta demasiado familiar la preocupación por las condiciones de transporte de los animales, y sorprende gratamente encontrar legislación tan temprana sobre esa cuestión.

PASADO Y PRESENTE

En definitiva, y con independencia de otras consideraciones que se puedan hacer sobre la época de que se trata, que no son en absoluto objeto de atención de este artículo, es obligado homenajear a esos pioneros. Se puede objetar que, al fin y al cabo, no hicieron más que lo que los tiempos y la opinión bienpensante reclamaba. Sin embargo, desde la perspectiva histórica actual, su mérito aumenta si se tiene en cuenta que, tras el año 1930, hubieron de pasar poco más de 30 años, en los años 60, para que se volviera a dictar leyes sobre el bienestar animal, y que no ha sido hasta la década de los 80 y 90 que la legislación en esta materia ha vuelto a ser relativamente frecuente. Quizá sea que los tiempos también lo están pidiendo a gritos.

 

Ong ADDA   Marzo 1995


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