Ley de protección animal en Madrid

ADDAREVISTA 55

Quienes tenemos animales somos testigos, año tras año, de una lacra que permanece enquistada en nuestra sociedad, como las garrapatas a los propios animales a los que amamos. Maltrato, abandono y venta ilegal como negocio constituyen un tridente letal. Solo en la Comunidad de Madrid se abandonan alrededor de seis mil perros y gatos cada año, cifra que podría doblarse si contamos con los que mueren antes de ser recogidos. Es trabajo de todos construir una sociedad más justa que los ampare a estos animales que conviven con nosotros. Un trabajo que ya se está haciendo y que ha quedado recogido en la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid y que entró en vigor el pasado 10 de febrero. Para esta ambiciosa ley, que recoge el «sacrificio 0» de animales y la lucha contra el abandono y el maltrato como puntos fuertes, la Comunidad de Madrid ha destinado un millón y medio de euros.

Tal y como nos relata José Luis Sanz, director general de Agricultura y Ganadería de la Comunidad de Madrid, «la Ley de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid constituye el primer y más importante paso en el camino hacia la configuración de un marco normativo que permita alcanzar el máximo nivel de protección y bienestar para los animales de compañía».

Por su parte, Manuel Lázaro, vocal del Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid considera que «resultaba imprescindible actualizar nuestra obsoleta ley de 1/1990, la cual ha quedado derogada y, por ello, esta nueva ley recoge de forma pormenorizada muchos aspectos que inciden en el bienestar, salud y protección de los animales de compañía, como son la tenencia responsable, lucha contra el abandono, fomento de la adopción, educación, voluntariado o esterilización, detallando las distintas medidas a adoptar».

Aunque solemos pensar en gatos y perros, tal y como figura en el preámbulo de la Ley, los animales de compañía «son considerados todos aquellos que viven con las personas, principalmente en el hogar, con fines fundamentalmente de compañía, ocio, educativos o sociales, independientemente de su especie». En opinión de Manuel Lázaro, la nueva normativa «dota de un marco legislativo suficiente para poder afrontar los problemas relacionados con la salud y bienestar que surjan en otras especies distintas del perro y gato, ya que la obligación de dotarles de entornos correctos, cuidados sanitarios y etológicos apropiados, transporte y manejo acorde a las necesidades de cada especie, permite garantizar una buena atención de los mismos y poder tomar medidas en el caso en que se incumplan».

Lucha contra el maltrato y fomento de la adopción

El abandono es uno de los mayores problemas al que se enfrenta no solo la Comunidad de Madrid, sino toda España: cada año se registran unos 140.000 casos de perros y gatos abandonados.

«Tanto la lucha contra el abandono como el fomento de la adopción son propósitos de esta ley y lo serán de su reglamento de desarrollo», explica Sanz, quien añade: «Buscamos incidir en una tenencia responsable, donde los poseedores sean conscientes de sus responsabilidades». Es por ello por lo que, tal y como explica el director general, «el establecimiento de un catálogo de deberes de poseedores y el endurecimiento del régimen sancionador contribuyen a disuadir de la comisión de infracciones o la ejecución de conductas perjudiciales para los animales de compañía».

Si bien es cierto que las cifras de animales abandonados son escalofriantes, se puede observar que cada año se va reduciendo. Así, de los 8357 casos registrados en 2009 se ha pasado a los 5.148 de 2016, consecuencia de esta toma de decisiones.

La educación desde una edad temprana es fundamental para que la sociedad sea más consciente de que los animales sufren y sienten como nosotros.

Por ello, desde el área de Protección Animal de la Consejería de Medio Ambiente, se impulsan actuaciones de prevención. Por ejemplo, según cuenta José Luis Sanz, el Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid (CIAAM) recibe visitas de escolares a los que se explica las consecuencias que para un animal tiene ser maltratado y abandonado. En este aspecto, Sanz destaca que la tasa de adopción de animales abandonados y recogidos por este centro supera el 85 %. También asegura que hay una estrecha colaboración con el Colegio Oficial de Veterinarios para la puesta en marcha de campañas.

Así mismo, Sanz destaca que cada año se organiza el Salón de la Adopción, «un espacio al que en la edición de 2017 acudieron nueve entidades protectoras y donde, aparte de los animales que se adoptan en los días de su celebración, se genera un efecto contagio, de modo que entre el propio Salón y a partir de él, se logran alrededor de trescientas adopciones».

Por otra parte, se autoriza a algunos centros de venta de animales a promover la adopción de animales abandonados, aunque también se sigue permitiendo la venta. Tal y como nos explica Sanz, por ejemplo, la ley recoge la prohibición de exhibir los animales en escaparates. La intención es impulsar la adopción y erradicar la compra compulsiva, que habitualmente termina en abandono. En opinión de Manuel Lázaro, del Colegio de Veterinarios: «No cabe duda de que el fomento de la adopción es algo en lo que todos los actores implicados en la protección animal debemos estar sensibilizados y, como tal, venimos haciendo».

En cuanto a la penalización, el régimen sancionador de esta ley es mucho más estricto que la anterior. Según señala Sanz: «El endurecimiento de las sanciones y la remisión de muchas de las más graves al ámbito penal, sin perjuicio de las consecuencias administrativas, tiene siempre un potente poder disuasorio».

Por último, el director general indica otro punto importante de la nueva normativa: «Queremos erradicar el tráfico ilegal de animales de compañía cuyo origen está en terceros países situados fuera de la Unión Europea, no solo para evitar su transporte sin garantías de salubridad y seguridad, sino para desterrar el fraude a los consumidores, que muchas veces adquieren animales enfermos o moribundos, y salvaguardar los intereses de los negocios legítimos».

Por otra parte, la Ley de Protección de Animales de Compañía contempla el fomento de la esterilización de los animales (artículo 2), otro punto clave para su bienestar y la reducción de futuros abandonos al impedir el nacimiento de camadas no deseadas. «La esterilización evita problemas de salud a los animales, como infecciones o tumores, y conductas susceptibles de alterar la convivencia. En segundo término, esterilizando se impiden las camadas inesperadas, previniendo así la sobrepoblación», señala José Luis Sanz.

Manuel Lázaro también considera un punto imprescindible fomentar la castración y reconoce su labor para informar al respecto. «Es frecuente que en los distintos centros de medicina veterinaria se realicen campañas de esterilización informando de los beneficios que esta práctica tiene para la salud de las mascotas, así como para evitar camadas indeseadas. En mi opinión, la gran mayoría de los poseedores responsables, podríamos decir del “entorno urbano”, no tienen incidencia significativa en las camadas indeseadas, sin lugar a dudas, responsables en gran medida del problema del abandono, a diferencia de lo que sucede en el “entorno rural” o periurbano, en el que está sensibilización es mucho menor».

Sacrificio cero

El punto estrella de la nueva ley garantiza que no se matará a ningún animal salvo por razones humanitarias en caso de una enfermedad incurable.

La protectora El Refugio, tal y como explica su presidente, Nacho Paunero, «llevaba demandando el sacrificio cero desde hace veinte años, fecha en la que la protectora se fundó» En la Comunicad de Madrid, los perros y gatos recogidos por los servicios municipales eran conducidos a cualquiera de las perreras de la comunicad y podían ser legalmente sacrificados en el plazo de diez días. Por eso, desde El Refugio decidimos impulsar una ILP y se recogieron las firmas de 62.000 madrileños y madrileñas. Posteriormente, a lo largo de 2014, mantuvimos reuniones con los diferentes grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid. Una vez conseguido el apoyo unánime de todos los partidos se inició el trámite para su modificación», indica Paunero.

Según Lázaro: «Es un gran avance que un perro abandonado que ingrese en un centro de protección no sea sacrificado por el hecho de superar un plazo sin conseguir ser entregado en adopción, independientemente del tiempo transcurrido desde su ingreso, lo que da respuesta a una demanda ampliamente solicitada por muchos sectores de la protección. Por otro lado, y no menos importante, en los casos en los que sea necesario recurrir a la eutanasia esta debe ser prescrita y realizada por un veterinario, de forma rápida e indolora, mediante métodos que impliquen el mínimo sufrimiento».

El llamado sacrificio cero garantiza así la vida de estos animales, pero tiene que ir acompañado de campañas de fomento de la adopción y prevención del abandono. El objetivo es evitar la condena a vivir encerrado y la masificación de las jaulas.

No obstante, no todos los agentes involucrados en la protección animal son tan optimistas. Así, la Sociedad Protectora de Animales y Plantas, SPAP de Madrid, tras la proclamación de esta normativa, denunció que «el sacrificio cero no sirve para ayudar a los animales sin desarrollar las medidas suficientes para que este sacrificio cero conlleve abandono cero, ya que los animales se siguen abandonando en las calles y son víctimas de atropellos, inanición y malos tratos, o que se hacinen en los centros de acogida sin los cuidados, espacio y atención que merecen».

Asimismo la SPAP denunció que «el sacrificio cero es incompatible con la cría de animales por particulares, porque “muchos criadores crían por capricho y por sacar un beneficio económico vendiendo a los cachorros sin ningún tipo de licencia ni control, terminando muchos de ellos en abandono».

No más de cinco animales por hogar

La Leyde Protección de Animales de Compañía también ha tenido sus quejas con respecto a que delimita a cinco el número de animales que pueden habitar en un hogar. Esto fue criticado por muchas asociaciones animalistas, ya que hay personas y protectoras sin albergue que acogen a muchísimos más. A este respecto, José Luis Sanz aclara que «las leyes han de ser realistas, y creemos que cinco es una cifra asumible desde el punto de vista de la salubridad y la capacidad de asegurar una calidad de vida digna para esos animales, si bien los ayuntamientos pueden autorizar un número superior si estiman que dichas condiciones se cumplen». Incluso asegura que la Ley de Protección de los Animales de Compañía es pionera en la inclusión de las casas de acogida, figura hasta ahora inexistente que permite a las entidades sin albergue propio acoger animales abandonados. No se trata de una regulación caprichosa, sino de un límite que garantice la salubridad y el bienestar animal. Y concluye: «La idea es evitar los perjuicios provocados por los que realizan esta actividad sin medios adecuados, que incluso trasladan a los animales a comunidades autónomas donde el sacrificio sí está permitido». Cristina Muñoz

Nota de la editora: Se debe aclarar que respetando lo aquí manifestado, Ong ADDA rechaza la palabra sacrificio por no corresponder esta acepción —utilizada con una intención más benévola— con la realidad. Lo adecuado es utilizar, a pesar de que cueste, la verdadera palabra: matar.

Ong ADDA -Diciembre 2017


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