Decálogo: Ayuntamiento de Barcelona. Declaración Municipal para la convivencia y el Derecho de los Animales
El Consejo Plenario del Ayuntamiento de Barcelona celebrado el día 23 de octubre de 1999 aprobó por unanimidad y a propuesta del "Consejo Municipal para la Convivencia, Defensa y Protección de los Animales" la Declaración Municipal para la Convivencia y el Derecho de los Animales, con las consideraciones y principios que a continuación se detallan:
- La ciudad es un entorno no exento de naturaleza, con segmentos de biodiversidad entre los que se encuentran, además de las personas, diferentes especies de animales libres, semidependientes y en cautividad. Las distintas especies de animales que conviven en Barcelona son parte de nuestro entorno cotidiano que cumplen con su propia función natural y social. Respetando, conservando y preservando su presencia se contribuye al enriquecimiento plural de la mutua coexistencia, así como de los valores éticos y sociales de los ciudadanos y ciudadanas.
- Los animales son seres sensibles y su protección y defensa suponen un derecho natural y universal, legalmente reconocido por la ONU y la UNESCO y por las disposiciones legales del Parlament de Catalunya. Fomentar una mejor comprensión y buena convivencia entre animales y humanos en el medio urbano es una contribución positiva a los valores de la evolución cívica y cultural.
- La degradación del planeta, la extinción de las especies, el problema medio ambiental y las actitudes violentas, tienen, en parte, su origen en la falta de formación y actitudes poco respetuosas hacia los animales y la naturaleza más cercanos a nuestro entorno.
- La posesión de animales exige reafirmar la conciencia cívica que se basa en los derechos y deberes de los ciudadanos que, en todo momento, se han de ejercer y respetar. En este sentido es posible y necesario hacer compatible los derechos específicos de los animales y de sus propietarios, con los derechos globales de los ciudadanos
Por esto, los abajo firmantes presentan la siguiente moción:
- PRIMERO. Todos los animales, sea cual sea su especie, tienen derecho a ser respetados y no deben ser víctimas de maltratos, esfuerzos desmesurados, espectáculos violentos ni actos crueles que les comporten sufrimientos físicos o psíquicos.
- SEGUNDO. La duración de su vida ha de ser respetada de acuerdo con su biología y longevidad natural.
- TERCERO. La posesión de animales considerados de compañía, nacidos en cautividad, ha de ser fruto de una decisión plena de responsabilidad capaz de proporcionarles un entorno adecuado a sus necesidades físicas y psíquicas.
- CUARTO. Los derechos de los animales se complementan con los deberes de sus propietarios, tanto en relación a aquellos como al conjunto de los ciudadanos y ciudadanas. Es por esto que es responsabilidad de los poseedores de un animal el mantenerlo de acuerdo con las normas de la buena convivencia, evitando comportamientos incívicos que puedan molestar al resto de la ciudadanía. A fin de facilitar la mejora de la mutua convivencia y el civismo es necesario adaptar y mejorar las condiciones de la ciudad.
- QUINTO. Todo animal salvaje nacido en libertad, tiene derecho a continuar libre respetando su propio medio o hábitat natural.
- SEXTO. El equilibrio y control de las poblaciones sedentarias ubicadas dentro del entorno urbano que puedan ser motivo de conflicto por su numerosa densidad, tendrá en cuenta la utilización de alternativas que controlen y regulen su natalidad y supervivencia en el medio.
- SÉPTIMO. El abandono de un animal es un acto incívico, cruel, irresponsable e injustificado.
- OCTAVO. Las especies tradicionalmente nacidas dentro del entorno urbano que, por sus características propias, viven mejor adaptadas en semilibertad, tienen derecho a gozar de su independencia sin perjuicio de la atención que requieren y de los cuidados humanitarios para su sostén al igual que cualquier otro animal.
- NOVENO. La utilización, exhibición y publicidad de animales en actitudes que degraden sus características propias y su identidad son antieducativas y antinaturales.
- DÉCIMO. Se requiere el fomento de programas educativos hacia el civismo y el respeto a los animales, el estudio de su comportamiento y necesidades, así como campañas de sensibilización que fomenten la mejora de las relaciones cívicas como base de la convivencia.
ADICIONAL. El espíritu de esta Declaración Municipal ha de verse reflejado en aquellas Ordenanzas Municipales que afecten a los animales y regulen los derechos y deberes de sus propietarios.
Firman,
Agusti Soler Regas. Portavoz del Grupo Municipal PI
Albert Batlle Bastardas. Portavoz del Grupo Municipal PSC
Eugeni Fernández Bonbardó. Portavoz del Grupo Municipal IC-Els Verds
Joan Puigdollers Fargas. Portavoz del Grupo Municipal CIU
Emilio Alvarez Pérez-Bedua. Portavoz del Grupo Municipal PP
Barcelona, 23 de octubre de 1999
Ong ADDA -Mayo 2000
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